Lineamientos Generales
- Están obligados a prestar el Servicio Social los alumnos que realicen estudios en los siguientes programas educativos:
- Bachillerato General
- Bachillerato Tecnológico
- Profesional Técnico
- Formación para el Trabajo
- Universitario
- El número de horas de Servicio Social que deberán realizar los alumnos o pasantes será el siguiente:
- Bachillerato General y Formación para el Trabajo, 240 horas.
- Bachillerato Tecnológico y Profesional Técnico, 480 horas
- Universidad, 600 horas
- Los alumnos de Bachillerato General, Bachillerato Tecnológico y Profesional Técnico deberán iniciar la prestación del Servicio Social únicamente durante el cuarto o quinto semestre; los alumnos de Formación para el Trabajo deberán iniciarlo en el segundo año de estudios; los alumnos de Universidad deberán iniciar el Servicio Social profesional una vez cubierto el setenta por ciento de los créditos del plan de estudios correspondiente.
- El Servicio Social debe realizarse en un tiempo no menor a 3 meses ni mayor a 6 meses tratándose de Bachillerato General y Formación para el Trabajo, y para los demás casos en un tiempo no menor de 6 meses ni mayor de 1 año.
- El tiempo de duración de la prestación del Servicio Social deberá ser continuo, se entenderá que existe discontinuidad cuando sin causa justificada se interrumpa la prestación del Servicio Social por más de 5 días hábiles seguidos o 5 faltas intermitentes según sea el caso.
- La prestación del Servicio Social no creará derechos ni obligaciones de tipo laboral
- Los alumnos de Bachillerato General, Bachillerato Tecnológico y Profesional Técnico podrán realizar su Servicio Social en cualquiera de las siguientes modalidades
- Servicio Social Tradicional .
- Servicio Social por Proyecto
- Servicio Social Formativo
- Los alumnos de Formación para el Trabajo deberán realizar el Servicio Social por Proyecto.
- Los alumnos de Universidad deberán realizar el Servicio Social Profesional.
- Las instituciones educativas deberán presentar a la COSSIES copia certificada del nombramiento que los acredite como responsables del Servicio Social de la Institución Educativa, quienes serán la única instancia autorizada para realizar todos los trámites relacionados con el Servicio Social de los alumnos. De la misma manera, deberán informar oportunamente a la COSSIES respecto del cambio de responsable del Servicio Social
- Los Estudiantes, Instituciones Educativas y las Dependencias de los tres órdenes de gobierno, utilizarán la plataforma digital “Sistema de Control del Servicio Social (SICOSER)” para el trámite de Servicio Social en cualquiera de sus modalidades para el nivel Medio Superior y Superior
- La COSSIES será la instancia facultada para proporcionar al enlace de Servicio Social el usuario y contraseña de acceso al SICOSER
- Toda modificación a los datos cargados previamente en el SICOSER deberá solicitarse por escrito a la COSSIES, quien será la única instancia facultada para acceder al sistema y realizar los cambios correspondientes
- La COSSIES será la encargada de expedir la Constancia de Terminación del Servicio Social y la entregará al enlace de la Institución Educativa en la que cursa el alumno, esto una vez que el alumno haya cumplido con el proceso de validación de la carta de presentación-aceptación, reportes y liberación por parte de la Dependencia en la que haya realizado su Servicio Social
Suspensión o Cancelación del Servicio Social
- El Coordinador de la COSSIES podrá suspender o cancelar el servicio social en los siguientes casos:
- Cuando, como resultado de una supervisión de personal de la COSSIES, se determine que las actividades del estudiante no constituyan una experiencia formativa, que permita fortalecer el conocimiento, la solidaridad y el humanismo
- Cuando lo soliciten justificadamente las instituciones donde el alumno realiza el Servicio Social, a través del formato que para el caso estará disponible en el SICOSER
- Cuando lo soliciten justificadamente los responsables de la ejecución del proyecto
- Cuando la Dependencia donde el alumno realiza el Servicio Social lucre con la prestación del Servicio Social.
- Cuando las Dependencias del ámbito Federal, Estatal y Municipal no se sujeten a lo establecido en el proyecto respectivo
- Cuando las instituciones donde el alumno realiza el Servicio Social no validen la carta de presentación-aceptación dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción.
- El prestador del Servicio Social será dado de baja del programa en que esté asignado, cuando:
- No se presente a realizar su Servicio Social en la fecha señalada en la carta de presentación-aceptación.
- Renuncie a continuar con su Servicio Social
- Acumule tres faltas consecutivas o cinco alternadas, sin causa justificada, durante la prestación del Servicio Social.
- No cumpla con las actividades asignadas, según lo convenido o establecido en el programa o proyecto correspondiente
- Deje inconclusas injustificadamente las actividades del programa, y
- Lo determine alguna autoridad competente y la COSSIES